A- de 2021
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Demandante Haroldo Eduardo Sua Montaño
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se rechaza por improcedente
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de aclaración del Auto 215/21, mediante el cual se resolvió rechazar por impertinente la recusación formulada por el señor Harold Eduardo Sua Montaña contra el magistrado Alberto Rojas Ríos, dentro del trámite del expediente de la referencia.
De manera específica pidió al a Corporación aclarar si, tras la impertinencia de la recusación mencionada podía volverse a presentar una en cuyo contenido se supla las falencias señaladas o si la misma resultaría extemporánea.
Encontró la Corte que el anterior requerimiento se aleja totalmente del objeto que tendía una aclaración , pues de ninguna mara se basa en una razón objetiva de duda que se derive de la parte resolutiva del auto o que tenga incidencia en el mismo.
También advirtió la Corporación la falta de justificación y el parecido con una consulta jurídica, cuya resolución escapa de las atribuciones que le son atribuidas en los estrictos y precisos términos del artículo 241 de la Constitución.
Se RECHAZA de plano, por manifiestamente improcedente, la petición formulada en esta oportunidad.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. RECHAZAR de plano, por manifiestamente improcedente, la solicitud de aclaracion del Auto No 215 de 2021, formulada por el senor Harold Eduardo Sua Montana.
- Segundo. Contra esta providencia no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.